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Buenas prácticas en el ámbito turístico para las personas beneficiarias de accesibilidad – EMITUR
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EMITUR / Aprendizaje por Servicios (ApS)  / Buenas prácticas en el ámbito turístico para las personas beneficiarias de accesibilidad

Buenas prácticas en el ámbito turístico para las personas beneficiarias de accesibilidad

Parte de este concepto de buenas prácticas tanto en ámbito turístico como social para las personas beneficiarias de accesibilidad se encuentra recogido con anterioridad en los principios de Diseño para Todos y la plena igualdad de oportunidades, presentes en la Ley 51/2003 de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad y la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de las personas con discapacidad. Sin embargo, a pesar de estas iniciativas legislativas vemos como actualmente su aplicación a la práctica es mínima, reducida a las diversidades de movilidad física o incluso nula (González y García-Ochoa, 2018).

El Gobierno de España de la mano de la Secretaría General de Turismo, realizan el Decálogo de Buenas Prácticas en Accesibilidad Turística, en el que la SGT desarrolla diversas actuaciones en el marco de sus planes y programas en orden a la mejora de la accesibilidad de los destinos y establecimientos turísticos españoles. La SGT firmó un convenio de colaboración con el CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) en materia de “Turismo Accesible” o “Turismo para todos”, en el que tienen como objetivo el despliegue de iniciativas dirigidas a incrementar la integración y normalización social en materia de valor turístico a las personas con discapacidad y sus familiares.

Este decálogo tiene dos concepciones, por un lado, es un paquete de instrucciones sobre cómo evaluar e identificar los criterios técnicos recomendables que aplicar en las áreas susceptibles, serán influyentes en la experiencia turística del cliente con discapacidad. Por otro lado, también es un Manual de Atención para Personas con Discapacidad, dirigido a los actuales y futuros profesionales del sector en favor de prestar un servicio adecuado a los turistas con discapacidad.

Los objetivos generales de este decálogo se plasman en “Contribuir a la profesionalización, en primera instancia, de los recursos humanos del sector turístico como clave para mejorar la competitividad, fomentando la accesibilidad turística en el marco de sus estrategias empresariales.” De una manera más específica tiene el objetivo de formar y capacitar al sector turístico y mejorar en mayor medida la imagen turística de España (González y García-Ochoa, 2019).

Los subsectores turísticos que entran en el marco de aplicación de estas prácticas son alojamientos turísticos, restaurantes y locales de atención al público. A continuación, se detalla en mayor profundidad:

ACCESIBILIDAD EXTERIOR:

  • Área: aparcamiento.

Sucede en varias ocasiones la no disposición de plazas de aparcamiento accesibles, lo que llega a influir en gran medida a la decisión final del consumidor con discapacidad física, psíquica o sensorial. Se recomiendo establecer x plazas accesibles según la capacidad del respectivo establecimiento.

  • Área: entorno próximo/comunicación.

No sólo se deberán tener en cuenta los espacios construidos para facilitar la accesibilidad a los clientes con discapacidad. En muchas ocasiones el entorno próximo al edificio dificulta e incluso puede llegar a impedir el acceso del mismo.

Zonas y elementos de urbanización de uso público, situadas en los espacios exteriores de los edificios, establecimientos e instalaciones deberán cumplir las leyes y demás disposiciones normativas establecidas por los distintos organismos competentes. Con recorridos de acceso diferenciados del entorno para ser encontrado más fácilmente.

 

 Área: entradas.

A menudo en las entradas de los establecimientos turísticos encontramos factores que dificultan la accesibilidad a los mismos, como pueden ser desniveles, felpudos no encastrados, señalización de acceso incorrecta, etc. Así, el pavimento en las entradas deberá ser antideslizante, para los desniveles existentes se pueden construir rebajes o rampas, siempre que estén bien señalizados y las pendientes sean las adecuadas.

  • Área: mostrador.

Cuando la atención se realice a través de mostradores, éstos deben cumplir ciertos requisitos dimensionales y funcionales para ser alcanzables. Las alturas que se utilizan habitualmente para los mostradores son excesivas tanto para usuarios de sillas de ruedas, como para personas de baja talla, niños, etc. Habilitar una parte de ese mostrador para alturas inferiores solucionaría el problema a estos, sin perjudicar al resto.

  • Área: accesos a distintas plantas; ascensor, escaleras, plataformas.

De manera respectiva al orden anterior, en algunos casos la botonera de los ascensores viene provista de sistemas digitales o sensibles al calor, o se colocan alturas que dificultan su uso para determinado grupo de personas con discapacidad. Por lo que la altura exterior e interior de la botonera deberá ser la adecuada para poder ser usada por usuarios en silla de ruedas o de baja estatura, a la vez que los botones deben tener altorrelieve y braille.

Las escaleras son inaccesibles para ciertas personas, pero en función de su diseño, pueden ser usadas por muchas otras que tengan diferentes problemas de movilidad. En cualquier caso, las personas que las utilicen, lo harán con mayor seguridad, confort y comodidad si están diseñadas convenientemente y deben tener una correcta señalización. Los peldaños deberán disponer de huellas y tabicas contrastadas, sin vuelos. El ancho de paso será el estipulado en cada normativa, permitiendo la doble circulación, etc.

Los aparatos o plataformas son elementos que suponen una alternativa al ascensor y a la rampa, en rehabilitaciones y reformas de edificios. Cuando por motivos físicos no pueda construirse una rampa, deberán instalarse plataformas elevadoras adosadas a las escaleras. Deberán disponer de botoneras de avance, retroceso y parada en el inicio y final del recorrido de la plataforma, colocados a una altura adecuada. Las dimensiones libres mínimas en planta serán las que recoge cada normativa autonómica.

  • Área: habitaciones; puertas, ventanas, áreas de trabajo.

Se debe tener presente también que nunca debemos dejar en manos del posible acompañante la labor de hacer accesible la estancia, sino que debe formar parte del diseño del alojamiento, sobre todo de las habitaciones. En el interior de la habitación habrá un espacio adecuado libre de cualquier obstáculo o mobiliario, mandos, llaves e interruptores se situarán a una altura alcanzable por cualquier usuario. Para el cuarto de baño se seguirán las especificaciones dadas en el apartado Instalaciones Aseos. Además de esas especificaciones se colocará un timbre o teléfono para que el huésped pueda avisar en caso de accidente.

A la hora de diseñar ventanas la altura debe ser tal que permita la visión al exterior a un usuario en silla de ruedas. Son preferibles las ventanas correderas u oscilobatientes. El mecanismo de apertura estará situado a una altura adecuada y deberá ser fácilmente manejable por personas con problemas de aprehensión.

Rejas u cualquier otro elemento de cierre no deberá sobresalir de la línea de la fachada, con el fin de que no resulte un obstáculo peligroso para invidentes o personas con problemas de visión.

Los espacios de trabajo más habituales de un establecimiento se relacionan a menudo con: cocina, oficina, tienda, peluquería, etc. Todos deben ser accesibles a sus usuarios. Cualquier lugar de trabajo debe contar con un espacio amplio para trabajar cómodamente, buena iluminación, si es posible natural, el mobiliario no debe tener esquinas salientes para evitar golpes (moldes redondeados en su lugar). No debe haber cables por el suelo y los enchufes deben estar a una altura adecuada. En la cocina la encimera estará a una altura accesible con espacio inferior hueco para permitir el acercamiento.

Referencias Bibliográficas:

González, D.J. y García-Ochoa, F. (2018). Decálogo de buenas prácticas en accesibilidad turística. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y MHI Turismo, Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos y Accesturismo. Disponible en: https://www.accesturismo.com/assets/img/publicaciones-02/Decalogo_Buenas_Practicas_Accesibilidad_Turistica.pdf

González, D.J. y García-Ochoa, F. (2019). Decálogo de buenas prácticas en accesibilidad turística. Destinos y recursos culturales y naturales.

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y Accessturismo international consulting. Disponible en:https://observatoriodelaaccesibilidad.es/wp-content/uploads/2022/03/Decalogo-de-Buenas-Practicas-en-accesibilidad-turistica.pdf

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